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Hola, a todos y a todas soy Ana Pichardo y os presento mi blog de Intervención para la Educación Social. Tengo que decir que es una asignatura que no he visto nunca antes, y que me resulta un poco difícil, pero bueno eso lo iré descubriendo con el paso de las clases. Pues nada aquí os dejo mi blog en el cual, iré colgando todas las actividades que la profesora vaya mandando cada día en clase. Espero que os sirva de gran ayuda y que os guste.

jueves, 23 de diciembre de 2010

SEMINARIO I: ACOGIMIENTO FAMILIAR


 El día 15 de Noviembre tuvo lugar el seminario de intervención “Infancia en desamparo  y familias de acogidas”. El seminario comenzó con la presentación de la profesional.  A continuación, ésta para introducir el tema propuso una dinámica, la cual  consistió en hacer grupos de cuatro o cinco personas.
A continuación nos puso un video del youtube “TESIS DEL ACOGIMIENTO FAMILIAR” y la profesional comenzó a hablarnos sobre el acogimiento familiar, sus tipos, los requisitos que tienen que tener los menores para que se produzca el acogimiento y la legislatura que los ampara.


El Acogimiento Familiar es un recurso social pensado para menores que, por  diversas circunstancias, no pueden vivir o no es conveniente que vivan con su familia. Por medio de este recurso son atendidos, durante un cierto tiempo, por otro núcleo familiar. En muchos casos estos menores son acogidos por personas de su propio entorno familiar (abuelos, tíos…).
Sin embargo, otras veces, los menores no tienen familiares que puedan acogerlos con unas mínimas garantías de cubrir sus necesidades básicas. Entonces se recurre a familias que, voluntariamente, se ofrecen a ello.
Ahora bien, nos podemos encontrar con diferentes tipologías de acogimiento familiar. Están el acogimiento administrativo y el judicial.
El acogimiento administrativo, en el cual los padres no están privados de patria potestad o tutor y prestan su consentimiento expreso a la formación del acogimiento.
El acogimiento judicial,  cuando los padres o el tutor no prestan su consentimiento,  el acogimiento provisional está acordado por la entidad pública, hasta que recaiga la resolución judicial.
 Y luego nos encontramos con el acogimiento familiar simple y el permanente.
Acogimiento familiar simple, tiene un carácter transitorio, bien porque de la situación del menor se prevé la reinserción de éste en su propia familia, bien porque se recurre a él mientras se adopta otra medida de protección con un carácter más estable.
 Dentro de este acogimiento se encuentra el acogimiento de urgencias el cual se considera como un recurso de Acogida Familiar Inmediata, para dar respuesta a situaciones que requieran una separación inmediata de un niño o niña de su núcleo familiar. 
Se promueve como un recurso alternativo que evita el internamiento en un centro de primera acogida para niños y niñas que no hayan cumplido los 7 años de edad. 
Acogimiento familiar permanente,  este ofrece a la niña o niño una vida familiar estable durante el tiempo que sea preciso, normalmente hasta su mayoría de edad o independencia.
 Estos dos tipos de acogimiento pueden ser realizados tanto por familiares del menor como familias voluntarias que se brindan a colaborar con la administración.

También se nos habló de algunos de los requisitos que tienen que guardar las familias acogedoras. Podrán acoger a menores temporal o permanentemente, toda persona o personas mayores de edad, con independencia de su estado civil y posición socioeconómica, siempre que estén dispuestos y sean capaces de educar a una niña o niño que lo necesite, acogiéndolo en su familia y prestándole los cuidados necesarios para su correcto desarrollo físico y emocional.
Los distintos tipos de acogimiento, así como su carácter y otros conceptos importantes relacionados como el desamparo, la tutela, la guarda y custodia… están regulados en la Ley 1/1996 de situación de riesgo,  en el Artículo 171.2 de la C.c. para la Situación de Desamparo, Ley 1/1998, de 20 de abril, de los Derechos y atención al menor, y por último en el Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa.
Por último se estuvo hablando del Equipo de Tratamiento Familiar el cual pretende preservar los derechos y promover el desarrollo integral de los menores evitando la separación de la familia y normalizando su situación, además de tender a la reunificación familiar en aquellos casos que sea posible. De este tema se hablará en la segunda parte del seminario.
En mi opinión, tengo que decir que el seminario me ha resultado bastante interesante, ya que el tema que se ha tratado era un tema del cual yo no sabía mucho. Además, me ha parecido muy buena la forma de dar el seminario, con la dinámica que ha llevado a cabo la profesional, lo que  ha hecho que el seminario sea más ameno.

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